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SuperSociedades: concepto sobre el alcance del control disciplinario de los empleados de las Cámaras de Comercio

Escrito por  Feb 12, 2024

SuperSociedades indicó que corresponde a la Cámara de Comercio adelantar los procesos disciplinarios a sus empleados y/o ex – empleados, puesto que como se citó arriba, les corresponde a dichas entidades como entes privados en su calidad de empleadores. Así mismo, se agregó que, que el Código Único Disciplinario Ley 1952 de 2019, será aplicable únicamente a los particulares que ejerzan funciones públicas, por lo tanto, dicha norma se deberá aplicar a los empleados de las Cámaras de Comercio que desempeñen actividades públicas.

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Modificado por última vez en Domingo, 11 Febrero 2024 16:59