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Modificado Decreto Único del sector Salud en relación a las mujeres víctimas de violencia

Escrito por  Feb 06, 2024

A través de este decreto se fijó el Del procedimiento que deben llevar las IPS para el otorgamiento y prestación de las medidas de atención cuando el conocimiento inicial del hecho de violencia es de la Institución Prestadora de Servicios de Salud -IPS. El otorgamiento y prestación de las medidas de atención a las mujeres víctimas de violencia que inicialmente acudan ante la IPS, estará sujeto a las reglas establecidas en este acto.

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Modificado por última vez en Lunes, 05 Febrero 2024 22:04