A partir del primero 1° de enero de 2024, los valores absolutos para la aplicación de las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 numeral primero de la Ley 488 de 1998, serán los siguientes: Vehículos particulares: a) Hasta $54.057.000 1,5% b) Más de $54.057.000 y hasta $121.625.000 2,5% c) Más de $121.625.000 3,5%