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Consideraciones de la SuperSociedades frente a las normas relacionadas con el Registro Mercantil en los procesos de Reorganización

Escrito por  Dic 18, 2023

Con base en las referencias normativas explicadas a través de este concepto, la Entidad concluye que éstas “cumplen funciones lógicas del registro mercantil, informando al mercado la situación actual de las empresas o de los comerciantes que atraviesan situaciones de insolvencia, notificando oportunamente si esta situación conlleva a un acuerdo encaminado a su recuperación. Por lo tanto, con el fin de facilitar al público datos relevantes para el tráfico mercantil, se adiciona la expresión “en Reorganización” en el certificado de existencia y representación legal, al momento de dar cumplimiento al artículo 19 de la precitada Ley 1116 de 2006, relacionado con la inscripción del auto de admisión del proceso de Reorganización o del Trámite de Negociación de Emergencia”.

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Modificado por última vez en Domingo, 17 Diciembre 2023 21:28