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SSPD aclaró disposiciones sobre los tipos de usuarios residencial y no Residencial en los servicios de energía y gas

Escrito por  Dic 05, 2023

De acuerdo con las disposiciones del presente concepto, los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible se clasifican en las modalidades en residencial y no residencial. Serán usuarios residenciales los hogares o núcleos familiares, incluyendo las áreas comunes de los conjuntos habitacionales. Adicionalmente, también se consideran usuarios residenciales los pequeños establecimientos comerciales o industriales conexos a los apartamentos o casas de habitación, cuya carga instalada sea igual o inferior a tres (3) kilovatios,si el inmueble está destinado, en más de un 50% de su extensión, a fines residenciales.

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Modificado por última vez en Martes, 05 Diciembre 2023 00:23