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Expedido decreto que grava con impuestos las plataformas digitales que superen 300.000 clientes y/o usuarios ubicados en territorio colombiano durante el año gravable anterior o el año gravable en curso

Escrito por  Nov 30, 2023

La medida aplica para aquellas que hayan recibido ingresos por 31.300 UVT, o más transacciones que involucren venta de bienes con clientes y/o usuarios ubicados en el territorio nacional. Para la prestación de servicios digitales desde el exterior, se encuentran sujetos al impuesto sobre la renta, siendo necesario cumplir con las normas establecidas en este decreto, las personas que presten cualquiera de los siguientes servicios: publicidad online, servicios de contenidos digitales, sean online o descargables, incluyendo las aplicaciones móviles libros electrónicos, música y películas.

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Modificado por última vez en Miércoles, 29 Noviembre 2023 23:57