La medida aplica para aquellas que hayan recibido ingresos por 31.300 UVT, o más transacciones que involucren venta de bienes con clientes y/o usuarios ubicados en el territorio nacional. Para la prestación de servicios digitales desde el exterior, se encuentran sujetos al impuesto sobre la renta, siendo necesario cumplir con las normas establecidas en este decreto, las personas que presten cualquiera de los siguientes servicios: publicidad online, servicios de contenidos digitales, sean online o descargables, incluyendo las aplicaciones móviles libros electrónicos, música y películas.