La Contraloría General de la República aclaró que es legal imponer impuestos municipales sobre los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP). Al resolver una consulta de la asociación indígena Asopamurimajsa, el Ente de Control precisó que, si bien estos fondos son inembargables y de destinación específica, la ley no establece una prohibición general para que sean gravados por las entidades territoriales. La única restricción legal vigente prohíbe tasas a favor de las contralorías territoriales y otorga exención del Gravamen a los Movimientos Financieros. De este modo, los concejos municipales mantienen la autonomía para fijar tributos locales y decretar sus propias exenciones.