El legislador no determino expresamente como el empleador deberá realizar la reducción de la jornada laboral semanal, como tampoco se indica que esta deba ser de común acuerdo entre el empleador y trabajador, ya que se limitó simplemente a indicar que para el año 2023 la reducción se hará en 1 hora semanal, por lo que se entendería que el empleador tendrá libertad de determinar según sus necesidades y en ejercicio pleno de su poder subordinante, la manera que más le beneficie para la implementación.