De acuerdo con lo dispuesto en el presente concepto, mientras un trabajador se encuentra incapacitado debido a una contingencia, bien sea de origen común o laboral, el contrato de trabajo no se suspende, sino que continúa vigente, por lo que, hasta el momento de su terminación el Empleador está en la obligación de liquidar y pagar todas las prestaciones laborales establecidas en el Código Sustantivo de Trabajo.