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MinMinas: usuarios que deben pagar la contribución solidaria del servicio de energía eléctrica

Escrito por  Dic 04, 2020

De acuerdo con la doctrina publicada por el MinMinas son sujetos pasivos de la contribución de solidaridad los usuarios de inmuebles residenciales de los estratos 5 y 6 y los usuarios industriales y comerciales.

Por otra parte, se establece aquellos usuarios que deben ser tenidos como exentos del pago de esta contribución: entidades prestadoras de servicio de salud, tales son los hospitales, las clínicas, los puestos y centros de salud, cualquiera que sea su naturaleza, pública o privada, con o sin ánimo de lucro; entidades prestadoras del servicio de educación sin ánimo de lucro: y entidades asistenciales sin ánimo de lucro.

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