Por otra parte, se establece aquellos usuarios que deben ser tenidos como exentos del pago de esta contribución: entidades prestadoras de servicio de salud, tales son los hospitales, las clínicas, los puestos y centros de salud, cualquiera que sea su naturaleza, pública o privada, con o sin ánimo de lucro; entidades prestadoras del servicio de educación sin ánimo de lucro: y entidades asistenciales sin ánimo de lucro.