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MinMinas aclara disposiciones sobre las responsabilidades de los distritos y municipios para la prestación del servicio de alumbrado público

Escrito por  Dic 04, 2020

El MinMinas estableció a través de la publicación de un concepto que, los municipios o distritos son los responsables de la prestación del servicio de alumbrado público, el cual podrán prestar de manera directa, o a través de empresas de servicios públicos domiciliarios u otros prestadores del servicio de alumbrado público

que demuestren idoneidad en la prestación del mismo, con el fin de lograr un gasto financiero y energético responsable. El régimen de contratación para la prestación del servicio de alumbrado público, a través de terceros, se regirá por las disposiciones contenidas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y demás normas que lo modifiquen, adicionen o complementen, incluyendo los instrumentos de vinculación de que trata la Ley 1508 de 2012 o la disposición que la modifique, complemente o sustituya.

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