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La tasa retributiva y compensatoria por vertimientos puntuales de agua, la cual empieza a regir desde el 1 de enero de 2024, y los recursos para la conservación de páramos, contempladas en el PND 2022-2056, fueron explicadas por MinAmbiente

Escrito por  Nov 20, 2023

La tasa retributiva por vertimientos puntuales de agua, es un tributo de período; por lo cual la aplicación de cualquier norma que afecta alguno de sus elementos esenciales, debe aplicarse a partir del período siguiente, que para el caso concreto y conocimientos y como se menciona en este concepto empieza a regir a partir de primero de enero de 2024. La entidad aclaró que no existe la posibilidad de aplicar de manera retroactiva la norma, dado que el legislador lo debió plasmar de manera expresa y taxativa en el artículo 25 de la ley 2294 de 2023 (PND 2022-2026)

También explicó que para efectos de aplicar una norma que modifique elementos esenciales en tributos de periodo, deben subsistir tres circunstancias, las cuales son: 1. que se trate de situaciones jurídicas no consolidadas 2. Que se trate de una norma beneficiosa al contribuyente y 3. Que el legislador haya expresamente incorporado la retroactividad.

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