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Dian explicó cómo se adelanta la notificación por edicto

Escrito por  Sep 15, 2023

En materia del control y vigilancia sobre el cumplimiento del régimen cambiario ejercido por la U.A.E. DIAN (de conformidad con lo establecido en el artículo 1o del Decreto 1742 de 2020), se considera pertinente observar y aplicar el procedimiento previsto en la normativa tributaria y aduanera para efectuar la notificación por edicto. De acuerdo con el artículo 15 del Decreto Ley 2245 de 2011, “Las resoluciones que resuelvan el recurso de reconsideración, se notificarán personalmente o por edicto si el investigado no compareciere dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente a la fecha de introducción al correo del aviso de citación”

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Modificado por última vez en Jueves, 14 Septiembre 2023 20:15