A través de esta Ley se autoriza al Gobierno a través del Ministerio de Cultura para destinar recursos de su presupuesto para la salvaguardia, protección, restauración, conservación, sostenibilidad y divulgación del Templo San Juan Evangelista del Municipio de Sampués, Departamento de Sucre, como Patrimonio Cultural de la Nación, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad social, histórica y cultural nacional.