Resultan adecuadas para alcanzar el fin pretendido, pues a través de las restricciones al desembarque de personas por vía aérea se contiene la propagación de la pandemia, lo que permite que el Sistema de Salud no se sobrecargue y pueda responder adecuadamente a la crisis sanitaria. Además, son necesarias porque no existen medios alternativos menos restrictivos y ante la falta de una vacuna o de tratamientos ante la infección, los medios de contención y salubridad se convierten en indispensables y necesarios. Finalmente, las medidas tampoco son desproporcionadas en sentido estricto. El texto de la sentencia aún no se encuentra disponible.