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Medidas adoptadas para el sector transporte durante emergencia sanitaria son exequibles: Corte Constitucional

Escrito por  Sep 02, 2020

Se declara exequible el Decreto Legislativo 569 del 15 de abril de 2020 que establece medidas para el sector transporte durante la emergencia del COVID 19. Para la Corte, las medidas allí dispuestas buscan un fin constitucionalmente imperioso, esto es, garantizar el derecho a la salud y a la vida de las personas.

Resultan adecuadas para alcanzar el fin pretendido, pues a través de las restricciones al desembarque de personas por vía aérea se contiene la propagación de la pandemia, lo que permite que el Sistema de Salud no se sobrecargue y pueda responder adecuadamente a la crisis sanitaria. Además, son necesarias porque no existen medios alternativos menos restrictivos y ante la falta de una vacuna o de tratamientos ante la infección, los medios de contención y salubridad se convierten en indispensables y necesarios. Finalmente, las medidas tampoco son desproporcionadas en sentido estricto. El texto de la sentencia aún no se encuentra disponible.

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