ocasión de la intervención administrativa de la empresa DMG Grupo Holding S.A. (en adelante DMG).
La Sala concluyó que no se superó el requisito de subsidiariedad en relación con el desacuerdo sobre el deber de aportar el expediente de la intervención administrativa, por lo cual declaró improcedente de la acción de tutela respecto a ese aspecto, y se negó el amparo respecto a los demás disensos.