Los esquemas diferenciales para áreas urbanas fueron reglamentados por el Decreto 1272 del 28 de julio de 20173 que adicionó el Decreto 1077 de 20154. El artículo 2.3.7.2.1.1., de este decreto dispuso que cuando no puedan alcanzarse los estándares de eficiencia, cobertura y calidad establecidos en la normatividad vigente para la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo por condiciones particulares dentro del suelo urbano de un municipio o distrito, se podrán establecer esquemas diferenciales en áreas de difícil gestión, zonas de difícil acceso y áreas de prestación con condiciones particulares.
El decreto citado define los esquemas diferenciales como “(…) un conjunto de condiciones técnicas, operativas, jurídicas, sociales y de gestión para permitir el acceso al agua apta para el consumo humano y al saneamiento básico en un área o zona determinada del suelo urbano, atendiendo a sus condiciones particulares”
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