A través del concepto publicado por el MinTransporte se precisa que la normatividad expedida en el marco de la emergencia sanitaria por ocasión al COVID-19, se expide con el fin de evitar su propagación buscando reducir el contacto entre las personas, propiciando el distanciamiento social, y así preservar la salud y la vida.
En ese orden, se entiende que el certificado de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes, cuya vigencia expire, serán prorrogados automáticamente durante el tiempo que duren suspendidos los referidos Organismos de Apoyo a las Autoridades de Tránsito, y hasta un mes (1) después de finalizada esta medida.
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