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Directrices dadas por el MinTransporte a alcaldes y gobernadores para garantizar la continuidad del servicio de transporte terrestre durante emergencia del COVID 19

Escrito por  Nov 30, 2020

De acuerdo con el concepto publicado por el MinTransporte, para efectos de la prestación del servicio público de transporte terrestre en las vías del territorio nacional entre municipios, se comunicó a los Gobernadores y Alcaldes que este servicio debe continuar prestándose en condiciones de seguridad para los usuarios cumpliendo

los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud u Protección Social.  Además, Las autoridades y organismo de tránsito, así como las autoridades de transporte de los diferentes municipios y departamentos deberán atender las solicitudes formuladas por las empresas de servicio público legalmente habilitadas, para garantizar el cumplimiento del contenido de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 749 de 2020, confirmado en el decreto 990 del 9 de julio de 2020 en el sentido de garantizar el servicio público de transporte terrestre, para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

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