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La autorización para disminuir el capital como medida tomada después de la readquisición de acciones, fue analizada por SuperSociedades

Escrito por  Ago 03, 2023

La cancelación de las acciones readquiridas y la consiguiente disminución del capital, hasta concurrencia del valor nominal de las acciones canceladas supone un reembolso de aportes que ha de llevarse a cabo con sujeción a las disposiciones legales pertinentes. No existe duda respecto de la función de autorizar la disminución de capital que se origine en la operación prevista en el numeral 4° del artículo 417 del Código de Comercio. Una vez acotado lo anterior, es necesario identificar los tipos de autorización que puede impartir la Superintendencia de Sociedades, según lo establecido en el numeral 1.2 de la Circular Básica Jurídica, preciso en el Capítulo I Capital Social, Título I.

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