aplicación de las disposiciones y medidas de aplazamientos, deben ser acordadas entre las partes en dicho comité. Lo anterior, atendiendo a las posibilidades de correcciones parciales, posibles aplazamientos consecutivos y reversiones parciales que habilita el ente de vigilancia y control en el manejo del SUI. Es por este motivo que es conveniente establecer reglas y plazos entre los prestadores de no aprovechables y aprovechables acorde con la situación particular de cada caso.