analiza el asunto a consideración. “El artículo 6 establece que el proceso de zonificación, manejo y régimen de usos requiere un esquema de gobernanza en el cual “los distintos actores sociales e institucionales tengan el reconocimiento, las capacidades y espacios abiertos para realizar una toma de decisiones conjunta sobre el territorio, que busque la validación de las diversas perspectivas, sus aportes a la conservación y a la generación de acciones tendientes al manejo sostenible de las áreas de páramo delimitadas (…)”. Dentro de los enfoques que se adoptan a partir de estos artículos se encuentran un enfoque diferencial y un enfoque de derechos”, definidos en los términos indicados por la Entidad en el presente concepto.