La Corte recordó que las entidades responsables de pensiones tienen la obligación de gestionar y actualizar la información laboral de sus afiliados. La inexactitud de los datos de la historia laboral no puede afectar negativamente a los usuarios. La Alta Corte amparó los derechos a la seguridad social, la dignidad humana, la estabilidad laboral reforzada, al trabajo y al mínimo vital de una mujer, adulta mayor, que fue desvinculada del cargo que ocupaba en provisionalidad en una entidad estatal, sin tener en consideración su calidad de prepensionada. Lo anterior como consecuencia de las inexactitudes de la historia laboral que suministró Colpensiones a esa entidad.