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La CGR tiene atribuciones de control fiscal frente a la vivienda de interés social

Escrito por  Jul 25, 2023

La vivienda de interés social implica la inversión de recursos públicos y tiene lugar en ejercicio del derecho de orden constitucional a una vivienda digna, lo que implica no sólo la entrega de la misma, sino que cumpla el cometido para el cual fue construida. En virtud de lo anterior, la CGR tiene la atribución de ejercer el control fiscal a través de los diferentes mecanismos dispuestos para tal efecto.

El control fiscal de la contratación se adelanta en los términos del artículo 65 de la Ley 80 de 1993 y sus respectivas modificatorias, es decir, una vez agotados los trámites administrativos de legalización de los contratos. Igualmente, se ejercerá control posterior a las cuentas correspondientes a los pagos originados en los mismos, para verificar que estos se ajustaron a las disposiciones legales. Una vez liquidados o terminados los contratos, según el caso, la vigilancia fiscal incluirá un control financiero de gestión y de resultados financieros en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.

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