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Precisiones de MinTransporte frente al reporte en el sistema RUNT

Escrito por  Jul 24, 2023

La Entidad precisó que quienes tienen a cargo el cumplimiento de generar y realizar todos los cursos sobre normas de tránsito, a través del sistema del RUNT, cumplir con la respectiva conectividad con el sistema y el procedimiento desarrollado a través de las funcionalidades para el registro directo y en línea del control de identidad, verificación de la asistencia, realización de los cursos y demás validaciones, siendo la plataforma del RUNT, la única autorizada para la remisión y cargue final del curso impartido por los actores contemplados en el artículo 136A de la Ley 769 de 2022, modificado por el artículo 8° de la Ley 2251 de 2022. A partir de la fecha el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por

infracciones de Tránsito - SIMIT, deberá abstenerse de recibir reportes de cursos sobre normas de tránsito de una fuente distinta al Registro Único Nacional de Tránsito RUNT, en cumplimiento el parágrafo 2 del artículo 11 de la Ley 769 de 2002.

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