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Directrices de MinTransporte sobre las normativas aplicables a la revisión técnico mecánica y sobre las entidades que el Estado autorizó para prestar ese servicio

Escrito por  Jul 24, 2023

La presente circular se refiere, entre otras disposiciones, “a las normativas aplicables a la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes y en general, a los Centros de Diagnóstico Automotor como Organismos de Apoyo a las Autoridades de Tránsito a los que el Estado autorizó para prestar ese servicio.

Por otra parte, se mencionan sucintamente las razones por las cuales el Ministerio de Transporte, como entidad cabeza del Sector, no es competente para reglamentar disposiciones en materia de seguros, al desbordar aquellos asuntos que le fueron atribuidos con claridad en la Ley. Al precisar esto, resulta pertinente hacer referencia a lo señalado por el Ministerio mediante oficio con radicado N° 20234070702371, en cuanto a la aclaración de una interpretación hecha sobre el artículo 6 de la Ley 2283, en cuanto a que esa norma “(…) no está sujeta a reglamentación, por parte de entidad alguna” y que por ende “los Centros de Diagnóstico Automotor CDA deberán dar estricto cumplimiento a la ley.”

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