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MinTransporte dio a conocer el alcance de la norma que aplica a los Centros de Diagnóstico Automotor s para expedición de pólizas

Escrito por  Ago 03, 2023

“El momento a partir del cual la Superintendencia de Transporte iniciaría las labores de inspección, vigilancia y control respecto del cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 6 de la Ley 2283 de 2023, es el 01 de agosto de 2023, explicando con claridad las razones

por las cuales no era posible exigirla con anterioridad. Una vez analizadas las observaciones expresadas por algunas organizaciones gremiales que representan a los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) del país, especialmente las expuestas en la reunión llevada a cabo en el Ministerio de Transporte el 26 de julio de 2023, donde informan que aún tienen dificultades operativas y logísticas para la adquisición de la póliza de que trata el artículo 6 de la Ley 2283 de 2023; se decide que el inicio de las actividades para que la Superintendencia de Transporte, en ejercicio de las funciones de vigilancia y control, inicie la revisión de las acciones llevadas a cabo por los Centros de Diagnóstico Automotor, respecto del cumplimiento de la obligación emanada del artículo 6 de la Ley 2283 de 2023, será desde el 01 de septiembre de 2023”.

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