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En el marco de un convenio de asociación, el Consejo de Estado precisó que el Banco Inmobiliario Metropolitano de Barranquilla no incumplió la función promover y apoyar la adquisición de viviendas de interés social objeto del acuerdo

Escrito por  Jul 25, 2023

El Banco Inmobiliario Metropolitano de Barranquilla y la sociedad Urbanicasa S.A., celebraron un convenio de asociación, cuyo objeto era: aunar recursos técnicos y logísticos para promover y apoyar la adquisición de viviendas de interés social tipo I y tipo II, en la urbanización María de los Ángeles situada en la prolongación de la Murillo, contigua al portal de Soledad del Transmetro, en el área metropolitana de barranquilla.

La Sala consideró que las prestaciones pactadas en los otrosíes 1 y 2 no se enmarcaron en obligaciones de medios, como lo mencionó el a quo, sino en escenarios de obligaciones de resultado en tanto su objeto se ciñe a la realización u obtención de un desenlace o fin definido y concreto y no a “poner los medios que de ordinario conducen a ello”41, por cuanto: (i) la prestación de pagar los $300’000.000 es una obligación de dar, respecto de la cual no existe un lineamiento confuso sobre lo que debe efectuar el deudor.

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Modificado por última vez en Martes, 25 Julio 2023 09:53