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Corte Constitucional reiteró la prohibición de someter a la población indígena a trabajos de alto riesgo

Escrito por  Jul 12, 2023

En febrero de 2012 un indígena fue contratado laboralmente por la Sociedad Empleamos S.A. “(que a su vez había firmado un contrato de prestación de servicios con Acción Social) para realizar labores de erradicación manual de cultivos ilícitos. El 3 de abril de 2012, una mina

antipersonal explotó a pocos centímetros, amputándole parte de su pierna derecha y causándole otras lesiones. Según el informe del accidente, antes de que el Grupo Móvil de Erradicación ingresara al predio había explotado otro artefacto en un lugar cercano, y el Ejército Nacional -encargado de brindarles seguridad- inspeccionó la zona y determinó que no había minas. Los accionantes acudieron al medio de control de reparación directa, en aras de que fueran resarcidos patrimonialmente por los daños causados. El 9 de agosto de 2016, el Juzgado Veintiséis Administrativo Oral del Circuito de Medellín declaró responsable al Ejército Nacional, decisión que fue apelada por esa entidad y los demandantes”.

“La Corte que amparó derechos de indígena de la comunidad Embera Katío, quien resultó herido con mina antipersonal en labores de erradicación de cultivos ilícitos en Antioquia”

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