la Secretaría Distrital de Hacienda, que no mediante la publicación de un aviso en un periódico de amplia circulación.
En el presente caso, las partes no discuten que, siguiendo las previsiones del artículo 12 del Acuerdo 469 de 2011, la Administración intentó notificar por correo el requerimiento especial proferido, para lo cual envió una copia del acto a la dirección informada en la última declaración del impuesto predial que presentó la demandante. Sin embargo, este fue devuelto por la empresa de mensajería por la causal «dirección no existe», tras lo cual la autoridad procedió a publicar un aviso del acto en el diario «La República».