a través de actividades de entrega de ayudas humanitarias de emergencia AHE, o aquellas encaminadas a garantizar el mínimo humanitario a brindarle a los afectados en esta situación en el marco del decreto departamental de calamidad pública declarada con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID – 19), deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos: Certificado del representante legal de la entidad que suscribió el plan de acción específico, en la que se indique que el proyecto se encuentra en concordancia con el plan de acción. Presentar un documento técnico que soporte y contenga lo siguiente: planteamiento del problema, antecedentes, justificación, análisis de participantes, objetivos (general y específicos), presupuesto, cronograma de actividades físicas y financieras, descripción de la alternativa seleccionada, copia del acto administrativo de declaratoria de calamidad pública departamental, expedida con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID – 19), que esté dentro del término de vigencia (6 meses) o dentro de la prórroga de dicho término y que cumpla con lo establecido en el Capítulo VI de la Ley 1523 de 2012. Que el proyecto se encuentre relacionado en el Plan de Acción Específico (PAE), elaborado en atención a la declaratoria de emergencia del literal b), a través de los cuales se busque adelantar acciones necesarias para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.