se llevará la contabilidad separada por cada servicio prestado en el municipio o distrito y al interior de ellos no podrán hacerse transferencias de recursos entre servicios. En tal sentido, queda claro que según la normatividad vigente los dineros de los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos y los superávits son recursos públicos de destinación específica, que no pueden ser usados para inversión pues el legislador no lo determinó. Sin embargo, con ocasión a la pandemia COVID-19, el Presidente de la República a través del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional y con base en ello, adoptó mediante Decretos legislativos, las medidas necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos de los diversos sectores administrativos y económicos. En particular, sobre el superávit, el artículo 5 del Decreto 528 del 07 de abril de 2020 dispuso que mientras permanezca vigente la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por causa de la Pandemia COVID-19, el superávit existente en los Fondos de Solidaridad y Redistribución del Ingreso- FSRI de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en los municipios, podrá destinarse a la financiación de las actividades descritas en los artículos 2 y 3 del Decreto 441 de 2020, relacionadas con el aseguramiento del acceso a agua potable mediante la prestación del servicio público de acueducto y/o esquemas diferenciales y de manera excepcional a través de medios alternos de aprovisionamiento.