eléctrica con Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER).
La fecha final para presentar observaciones es el 9 de diciembre de 2020. El proyecto de Decreto tiene por objeto reglamentar las transferencias a las que se refiere el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019 y de las que son beneficiarios los municipios y distritos ubicados en el área del respectivo proyecto de generación de energía
eléctrica con Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER).