posible clasificación, la fecha estimada del inicio de perforación y el valor estimado de las inversiones a ejecutar o la valoración en puntos de las actividades a desarrollar y ejecutar. La acreditación de actividades o inversiones no modifica las condiciones y demás obligaciones del contrato suscrito cuya obligación exploratoria se pretende acreditar”.
Cuando la obligación original que se va a acreditar se haya establecido en moneda, la ANH verificará que el valor de las inversiones correspondientes a las actividades ejecutadas como acreditables, sea como mínimo equivalente al monto de la obligación original. En este evento y para efectos de la acreditación, la inversión ejecutada deberá ser certificada por el revisor fiscal o contador del contratista, según corresponda, sobre información debidamente auditada, dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la terminación de la actividad.