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Al declarar inexequibles unas expresiones contenidas en el CST, la Corte indicó que excluir de cesantías y vacaciones a trabajadores de la construcción que presten sus servicios por un periodo inferior a un mes, limita el acceso a sus prestaciones

Escrito por  May 29, 2023

La Corte Constitucional consideró que las expresiones “siempre que se haya servido siquiera un mes” contenida en el literal a) del artículo 310 del Código Sustantivo del Trabajo y la expresión “cuando se haya trabajado por lo menos un (1) mes” contenida en el literal b) de la

misma disposición, desconocen los artículos 13, 25, 48 y 53 de la Constitución Política. “A juicio de la Sala Plena imponer a los trabajadores de la construcción un límite temporal para ser beneficiarios del pago proporcional de las vacaciones y del auxilio de cesantías desconoce el derecho fundamental al trabajo en condiciones dignas y a la seguridad social pues limita el acceso a prestaciones fundamentales en el desarrollo de la actividad laboral subordinada. No se trata de una simple regulación que las configure sino de una regla que elimina la posibilidad de acceder a las mismas respecto de un grupo específico de trabajadores”. 

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