acciones”, específicamente, a la proporción en que cada accionista puede suscribir acciones en un proceso de colocación de estas mismas.
La Entidad precisó que “la previsión normativa aludida por el consultante sobre el numeral 1.12 del Capítulo I, Título II, de la Circular 100-000008 de 2022 expedida por esta superintendencia, integra el Título que se ocupa de la “suscripción de acciones y pago de dividendos en
acciones”, específicamente, a la proporción en que cada accionista puede suscribir acciones en un proceso de colocación de estas mismas.