atender los procesos de insolvencia que se tramitan ante la Superintendencia de Sociedades o ante el juez del circuito, esto teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1116 de 2006.
“Con el fin de mitigar el impacto de la pandemia causada por el COVID-19, en el Decreto Legislativo 772 de 2020 se fortaleció la lista de auxiliares de la justicia, permitiendo a los promotores y liquidadores el manejo de más procesos, para así ampliar la capacidad y poder
atender los procesos de insolvencia que se tramitan ante la Superintendencia de Sociedades o ante el juez del circuito, esto teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1116 de 2006.