una responsabilidad a la Superintendencia Nacional de Salud u otra entidad, respecto de inspección, vigilancia, control, investigación o sanciones relacionadas con este incumplimiento. La Entidad Aclaró que la norma es enfática en resaltar que indistintamente del incumplimiento de los deberes por parte del usuario, en ningún caso puede negarse el acceso a los servicios de salud”.