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SuperSociedades: “las sociedades en estado de liquidación pueden comparecer en juicios con observancia del límite de su capacidad, encaminada a su inmediata liquidación”

Escrito por  Abr 19, 2023

“En cuanto al momento de extinción de la sociedad como persona jurídica, éste ocurre cuando se inscribe en el registro mercantil la cuenta final de liquidación”. A ese aspecto se refirió también el Oficio 220-036327, del 21 de mayo de 2008, de esta Entidad, en el cual se señaló

que la inscripción de la cuenta final de la liquidación en el registro mercantil implica la desaparición de la sociedad y de sus órganos del mundo jurídico, por lo cual la entidad ya no existe en el «tráfico mercantil como persona jurídica, en consecuencia, no puede de ninguna manera seguir actuando, ejerciendo derechos y adquiriendo obligaciones»; análisis que es coincidente con la jurisprudencia del Consejo de Estado, citada en este concepto.

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