servicios”. Así lo concluyó la Sala al estudiar una demanda demandó contra unos actos en los que la DIAN rechazó en forma parcial la solicitud de devolución del IVA pagado en la adquisición de materiales para la construcción de viviendas de interés social que le formuló la sociedad actora, con el argumento de que los documentos aportados como facturas no soportaron válidamente que en la construcción se incorporaron bienes susceptibles de reintegro de IVA, pues, al no cumplir con el requisito del literal f) del artículo 617 del ET, fiscalmente no era viable reconocer tales documentos como facturas, por lo que consideró que la demandante incurrió en la causal de rechazo de la devolución prevista en el literal g) del artículo 10 del Decreto 1243 de 2001.