y por ello sean entidades estatales, deberán publicar los documentos relacionados con su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II) o la plataforma transaccional que haga sus veces, en los términos del artículo 13 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas que lo modifiquen y/o complementen, tal como se explicó por esta Oficina en el Concepto SSPD-OJ-2022-510”.