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SuperSociedades emitió Concepto relacionado con el contenido de los títulos accionarios

Escrito por  Mar 14, 2023

La Entidad precisó que es posible emitir un título para cada accionista, que represente la totalidad de las acciones de cada uno. Recordó que los títulos deberán incluir los elementos contenidos en el artículo 401 del Código de Comercio, en le que se establece de manera expresa

el contenido del título accionario, y en su numeral 2 establece lo siguiente: “La cantidad de acciones representadas en cada título, el valor nominal de las mismas, si son ordinarias, privilegiadas o de industria, si su negociabilidad está limitada por el derecho de preferencia y las condiciones para su ejercicio.” En consecuencia, no cabe dudad de que, en cumplimiento de la normatividad vigente, el título debe contener el valor nominal de las acciones”.

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