Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Concepto de MinAmbiente sobre los tipos de sanciones que podrán imponerse a los infractores, bien sea como principales o accesorias, a través de un acto administrativo motivado y teniendo en cuenta su gravedad

Escrito por  Mar 02, 2023

La reducción equivalente al 50% de la multa contenida en el parágrafo 2 del artículo 2.2.5.1.10.2, podrá ser aplicada por una única vez, cuando al infractor de la normatividad ambiental se le imponga como principal la sanción consistente en Multas diarias hasta por cinco mil

(5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

“Teniendo en cuenta que en materia ambiental además de las multas diarias, se contemplan 6 tipos adicionales de sanciones, el contenido del parágrafo 2 del artículo 2.2.5.1.10.2 solo podrá ser aplicado cuando la autoridad ambiental competente, una vez agotado el procedimiento sancionatorio ambiental, determine que la falta de permiso o autorización vigente para la emisión de contaminantes al aire o el incumplimiento de las normas y estándares de emisión aplicables, se consideran infracción en materia ambiental, y que la sanción a imponer es la consistente en multas diarias hasta por cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes”.

Descargar Documento