(5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
“Teniendo en cuenta que en materia ambiental además de las multas diarias, se contemplan 6 tipos adicionales de sanciones, el contenido del parágrafo 2 del artículo 2.2.5.1.10.2 solo podrá ser aplicado cuando la autoridad ambiental competente, una vez agotado el procedimiento sancionatorio ambiental, determine que la falta de permiso o autorización vigente para la emisión de contaminantes al aire o el incumplimiento de las normas y estándares de emisión aplicables, se consideran infracción en materia ambiental, y que la sanción a imponer es la consistente en multas diarias hasta por cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes”.