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CRA reiteró que el cobro de la tarifa por la prestación del servicio público de aseo es la definida por la persona prestadora de cada municipio y/o distrito con base en las metodologías expedidas por esta Entidad

Escrito por  Ene 23, 2023

Y teniendo en cuenta, entre otros, el uso del predio, como el factor de subsidio o contribución definido por el concejo municipal, -agrega el presente concepto-. “Por otro lado, en cuanto al cálculo de la tarifa para los servicios públicos, el artículo 90 de la Ley 142 de 19943

señala que ésta, incluye un cargo fijo expresado en $/suscriptor/mes y un cargo por unidad de consumo, que, en el caso del servicio público de aseo, corresponde a un cargo por tonelada de residuos expresado en $/tonelada”.

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Modificado por última vez en Domingo, 22 Enero 2023 23:05