se declarara la responsabilidad de la Nación -Ministerio de Agricultura, el Banco Agrario de Colombia S.A., el municipio de Aracataca y la empresa constructora Proa S.A.S, por los presuntos daños ocasionados en virtud de la expedición y falta de notificación de las Resoluciones 131 del 26 de diciembre de 2013 y 035 del 23 de abril de 2014, por medio de las cuales se declaró el incumplimiento de Proa S.A.S de la condición establecida para asignar el subsidio y se ordenó la reinversión de los recursos al portafolio de reinversión del programa de Vivienda de Interés Social Rural del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural”.