Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Corte precisó que a la Registradora le corresponde el deber de motivar de manera individualizada y adecuada los actos administrativos que profiere en el marco del trámite de registro extemporáneo de nacimiento en el registro civil

Escrito por  Dic 27, 2022

“Así lo ordenó la Corte Constitucional luego de conocer el caso de una ciudadana que, en representación de su hija, interpuso una tutela en contra de la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Registraduría Especial de Colombia, por cuanto consideró que dichas entidades

vulneraron, entre otros derechos, el acceso a la nacionalidad colombiana de la menor de edad. En su criterio, la decisión de la entidad de exigirle el requisito de apostilla del registro civil expedido en Venezuela para realizar la inscripción extemporánea de nacimiento de la menor de edad desconocía los obstáculos que tienen como población migrante y refugiada para devolverse al vecino país y realizar el trámite presencial de apostilla; así como las barreras que presenta el sistema de apostilla virtual y que derivan en la imposibilidad práctica de cumplir con ese requisito”.

Descargar Documento