organización y desarrollo empresarial y serán solidariamente responsables del cumplimento de las obligaciones legales y contractuales.
A través del presente concepto, la Entidad indicó que la constitución del concesionario y la conformación de derechos y participaciones son del ámbito del derecho privado, toda vez que todos los integrantes de la sociedad concesionaria gozan de total autonomía en su
organización y desarrollo empresarial y serán solidariamente responsables del cumplimento de las obligaciones legales y contractuales.