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Precisiones del Consejo de Estado en cuanto a las clases de actividades gravadas con el impuesto de industria y comercio

Escrito por  Nov 23, 2022

“Tratándose de las actividades comerciales, las clasifica en cuatro grupos, a las que asigna tarifas diferentes, dentro de los cuales se encuentra la venta de materiales para la construcción y una residual para demás actividades comerciales que no se enmarquen en los otros grupos.

Al hilo de esto, el artículo 53 del Decreto 352 de 2002, determina: Ahora bien, el DANE acogió la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) con base en la recomendación de la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas con la finalidad de estandarizar los datos clasificándolos por categorías internacionalmente comparables de tipos de actividad económica, clasificación que fue acogida por la Secretaría de Hacienda mediante la Resolución No. 0219 de 2004.  Es de observar que, la actividad CIIU 51411 aplicada para efectos del ICA en Bogotá, en virtud de la adopción de la clasificación CIIU (Revisión 3 AC) efectuada por la Secretaría de Hacienda, mediante Resolución 0219 del 25 de febrero de 2004, aplica “Para efectos tributarios el comercio al por mayor y al por menor de materiales de construcción, cemento, piedra, arcilla, arena, productos refractarios, productos metálicos estructurales y sus partes, prefabricados para edificaciones, etc”.

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