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Ministerio de Trabajo publicó Manual Operativo del Incentivo a la Generación de Nuevos Empleos, a través del cual se sintetiza la normatividad vigente sobre la materia

Escrito por  Sep 26, 2022

Los contenidos del presente Manual serán de obligatoria aplicación para las entidades financieras involucradas, las Cooperativas de ahorro y crédito, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP, la

Superintendencia de la Economía Solidaria y en general todos los actores que participen del incentivo a la generación de nuevos empleos. El Manual indica que “serán beneficiarios del incentivo a la creación de nuevos empleos, las personas naturales, las  personas jurídicas, los consorcios, las uniones temporales, los patrimonios autónomos y las cooperativas, que demuestren su calidad de empleador mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado, respecto de sus trabajadores asociados, el mes completo al Sistema de Seguridad Social Integral, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1233 de 2008, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA”.

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