licencia de urbanización vigente no afecte la solicitud de la licencia de construcción, es decir, que se guarde concordancia entre ambos actos”.
El concepto indica que “no hay norma que prohíba radicar paralelamente una modificación de licencia de urbanización vigente y una solicitud de licencia de construcción. No obstante, el desarrollador del proyecto será responsable de que la solicitud de modificación de la
licencia de urbanización vigente no afecte la solicitud de la licencia de construcción, es decir, que se guarde concordancia entre ambos actos”.